Consulado General del Uruguay - New York

420 Madison Ave., 6th floor
New York, NY 10017

 

Certificados de existencia

FORMULARIO

Todas aquellas personas que deseen cobrar su jubilación o pensión durante su estadía fuera de la Republica deberán presentarse en persona ante el Consulado mas cercano a los efectos de prestar fe de existencia, con la Cedula de Identidad y No. De Cobro de la Caja por la cual percibe los haberes.

Los interesados que por razones de distancia o salud no puedan concurrir personalmente a solicitar el certificado de existencia, deberán:

1.           comparecer ante la autoridad policial del lugar donde residen para solicitar una constancia de su presentación; o

2.           comparecer ante un notario a los mismos efectos; o

3.           solicitar una constancia al medico tratante relativa a su imposibilidad de concurrir al Consulado.

La expedición del Certificado de Existencia para el BPS es cada 6 meses; en el caso de la Caja de Pensiones y Retiros Militares es cada 3 meses; en la Caja Policial se exige todos los meses.