Consulado General del Uruguay - New York

420 Madison Ave., 6th floor
New York, NY 10017

 

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Certificados de existencia

 

FORMULARIO

 

 

Todas aquellas personas que deseen cobrar su jubilación o pensión durante su estadía fuera de la Republica deberán presentarse en persona ante el Consulado mas cercano a los efectos de prestar fe de existencia, con la Cedula de Identidad y No.  De Cobro de la Caja por la cual percibe los haberes.

 Los interesados que por razones de distancia o salud no puedan concurrir personalmente a solicitar el certificado de existencia, deberán:

  1. comparecer ante la autoridad policial del lugar donde residen para solicitar una constancia  de su presentación;  o

  2. comparecer ante un notario a los mismos efectos; o

  3. solicitar una  constancia al medico tratante relativa a su imposibilidad de concurrir al Consulado.

La expedición del Certificado de Existencia para el BPS es cada 6 meses; en el caso de la Caja de Pensiones y Retiros Militares es cada 3 meses; en la Caja Policial se exige todos los meses.